Si bien el DRM parece que puede llegar a controlar la creación y la manipulación indiscriminada de la obra intelectual (principalmente audiovisual) de un autor, no parece contar con pocas contradicciones al respecto. Cremades recoge en uno de los capítulos, El micropoder de las grandes ideas, un breve fragmento de un estudio en el que colabora Claudio Feijoo, doctor ingeniero en Telecomunicación por la Politécnica de Madrid. En él Feijoo cree firmemente que el DRM tiene que evolucionar: "Hay una cuestión principal que hay que resolver (...). Si la tecnología DRM solo te permite ver contenido en una plataforma, hay que avisarlo en la etiqueta. Si solo te permite verlo en determinados lugares y tiempo, hay que preguntarse por el precio (...). Es como si compras un coche y solo vale para una carretera". Como bien expresa Javier Cremades en su libro, esta reforma legislativa "enfrenta a la industria, los consumidores y a las entidades de gestión de derechos de autor". Y como puede apreciarse en el siguiente vídeo, muchos son los sectores críticos contra este canon y la política de actuación de la SGAE.
Por otro lado y como comenta también Cremades, los propios expertos en la materia opinan que esta medida no frenará la piratería y que perjudicará el desarrollo de la llamada Sociedad de la Información. Parece necesario, tal y como propone el propio autor, un debate en profundidad. Tanto el derecho a la propiedad intelectual, como el derecho a acceder a la cultura y a formar parte de las nuevas tecnologías, tal y como se conciden hoy día, parecen chocar frontalmente.
Lo que sí queda claro, es que no podemos renunciar a los logros obtenidos en la Sociedad de la Información. Los derechos de propiedad intelectual tendrán que redefinirse, tarde o temprano, y adaptarse al nuevo contexto digital. Pero, en definitiva, esto no forma parte de otra cosa que del progreso y desarrollo de la humanidad, de un paso más dentro de la evolución comunicativa. La eterna pregunta siempre será la misma: ¿de qué manera se valora la obra de un autor? ¿Hasta qué punto se ha de remunerar su trabajo en el tiempo? Tendremos que replantearnos en primer lugar estas cuestiones, y después ocuparnos de adaptar la legalidad al nuevo contexto.

